Aquí yace la historia de la defensa por el territorio, los estragos del capitalismo y la cruel matanza cultural del extractivismo. Por Krissia Girón

Inocencia para los líderes ambientalistas de El Salvador: Tribunal ratifica la absolución de la comunidad Santa Marta

Maldito País

septiembre 26, 2025

Por segunda vez, son declarados inocentes los líderes ambientalistas y defensores de derechos humanos de la comunidad Santa Marta, en El Salvador. Para el tribunal, las pruebas presentadas en su contra fueron insuficientes. La comunidad y organizaciones sociales esperan que el Estado “no siga gastando sus recursos” en criminalizar a los líderes.

“Se ordena levantar todas las órdenes de captura contra todos los acusados”, esta frase provocó un respiro profundo en Vanessa Laínez, hija de Alejandro Laínez, uno de los líderes de la comunidad Santa Marta acusado junto a otras 8 personas de los delitos de asesinato, privación de libertad y asociaciones ilícitas por un hecho cometido en el marco del conflicto armado.

“Hemos venido luchando desde hace más de dos años. No ha sido fácil como familia pasar por todo este proceso, sobre todo ahora que los compañeros decidieron retirarse. Hay muchos sentimientos encontrados, pero me siento muy contenta con este resultado”, expresó entre sollozos y las consignas de la comunidad Santa Marta que esperaba el resultado en las afueras del juzgado. 

Comunidad Santa Marta y organizaciones reciben la noticia de libertad para los cinco líderes comunitarios afuera del Juzgado. Foto: FNS

El Tribunal de Sentencia de San Vicente tomó una decisión mixta para absolver a los acusados en este caso, entre ellos los cinco líderes de Santa Marta. Una decisión mixta significa que, de los tres jueces, uno de ellos no estuvo de acuerdo con las decisiones de la mayoría y razonó su voto al momento de emitir sentencia. 

Los jueces explicaron, primero, que no se agregaría el delito de privación de libertad, como lo había solicitado la Fiscalía, ya que no existen los suficientes elementos probatorios para emitir sentencia sobre dicho delito. “Conocer estos hechos de manera autónoma tergiversan la acusación fiscal ya que forma parte del delito de asesinato y lo convierte en homicidio agravado”, explicó uno de los jueces. 

La hipótesis fiscal planteaba que los acusados privaron de libertad a la víctima, María Inés Alvarenga, el 22 de agosto de 1989, luego trasladada a la hacienda “El Guayabal”, campamento guerrillero de la Resistencia Nacional, del cantón Santa Marta, en Cabañas, y asesinada 15 días después. Los jueces explicaron que encontraron contradicciones en los elementos que la fiscalía buscó para comprobar esta hipótesis. 

Primero, se presentó un informe del extinto Fondo de Lisiados y Discapacitados a consecuencia del Conflicto Armado (FOPROLYD) que señala que la muerte de la víctima fue en 1987, dos años antes de la fecha en las que presuntamente se dieron los hechos. Además, el testigo criteriado presentado por la fiscalía, con clave “Soriano”, afirmó que la muerte se dio en septiembre y no en agosto, como certifica el acta de defunción de la víctima presentada por la familia. 

“Esta acta de defunción se emitió en 1996, 7 años después de la muerte de la víctima, declararon dos testigos.  Y en el acta consta que ella murió el 22 de agosto de 1989 en el cantón Santa Marta, que la reconocieron por haberla visto ya muerta, que la sacaron de su casa y murió por causa de herida de la de bala, y el segundo de los testigos, afirma que falleció por arma de fuego en el centro del cantón Santa Marta. ¿Qué quiere decir esto? Que la familia tenía conocimiento de la muerte de esta persona y que no murió de la forma en que declaró ‘Soriano’”, explicó el juez.

También recalcó que se realizaron al menos 8 exhumaciones en la Hacienda El Guayabal, pero todas salieron con resultados negativos. “Era la obligación de la Fiscalía corroborar los hechos de ‘Soriano’ y no fue posible realizarlo”, dijo. 

Expresaron que estas inconsistencias generaron dudas que, consideran, no pueden ser superadas. Por tanto, absolvieron de forma penal a todos los acusados. Sin embargo, recibieron una condena civil Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez y Arturo Ascencio. 

Esto significa que estos cuatro tendrán que liquidar una indemnización por daños y perjuicios en contra de la familia de la víctima. La cantidad la definirán sus familiares, si así lo desean. 

Además, se ordenaron medidas restaurativas para los hijos e hijas de la víctima, como tratamiento psicológico que estará a cargo del ISDEMU, y la devolución de todos los objetos incautados. La sentencia en firme será entregada a las partes el 8 de octubre, tiempo en el que la Fiscalía podría apelar a esta decisión.

Las organizaciones guerrilleras de los 80 no son asociaciones ilícitas

Uno de los precedentes marcados en esta sentencia ha sido la absolución penal y civil, por decisión unánime, del delito de asociaciones ilícitas. El Tribunal también consideró que los elementos probatorios fueron insuficientes. 

“No podemos hablar de que conformar una organización perteneciente al FMLN, como lo es la Resistencia Nacional, con una estructura definida, sea considerada como una asociación ilícita. Estas se reúnen para cometer, al margen de ello, un delito como este asesinato. Se trataba de grupos radicales reconocidos en circunstancias donde se oponían a políticas estructurales del sistema político de El Salvador. De ser así, tendría que perseguirse a todos aquellos integrantes de esos grupos y eso no puede ser, no podemos abrir esa llave para que eso suceda”, dijo el juez. 

Esta decisión se da en un contexto donde varios ex combatientes del FMLN se encuentran acusados o detenidos en diferentes procesos. El Comité de Familiares de Personas Presas y Perseguidas Políticas de El Salvador (COFAPPES) ha registrado 90 casos de presos y perseguidos políticos en los últimos 5 años. Solo en 2025, reportó 28 incidentes. 

Entre los casos se encuentran once excombatientes y veteranos de la Alianza Nacional El Salvador en Paz, capturados la noche del 30 de mayo de 2024, acusados de planificar atentados el día de la toma de posesión del segundo mandato de Nayib Bukele. De estos, Atilio Montalvo recibió recientemente medidas sustitutivas a la detención, debido a su estado de salud. 

Como ellos, otros ex combatientes del FMLN, entre ellos los cinco líderes de Santa Marta, han sido acusados de diferentes delitos. Organizaciones sociales y comunidad internacional apuntan a una narrativa que criminaliza a grupos de oposición, la protesta y la denuncia. 

“Que no sigan consumiendo recursos del Estado para financiar esta farsa”

Al son de consignas como “¡Sí se pudo!” y “¡Sí a la vida, no a la minería!”, la comunidad Santa Marta y organizaciones sociales que esperaban el resultado afuera del Centro Judicial, celebró la libertad y la inocencia de quienes han luchado junto a ellos y ellas, por la defensa de los territorios y el medio ambiente. 

“Esto es lo que hemos esperado desde hace más de dos años”, expresó Alfredo Laínez, representante de la comunidad. Asimismo, hizo un llamado contundente a la Fiscalía General de la República a respetar el fallo y no apelar esta decisión. 

“Que respete esta decisión. Que ya no siga consumiendo recursos del Estado para financiar esta farsa”, sentenció. 

Vanessa Laínez, conmovida, habló ante los medios de comunicación que cubrieron el hecho, a quienes agradeció junto a la comunidad internacional y las organizaciones que han dado seguimiento al caso. “Ustedes han estado de pie en todas las veces que hemos venido a este lugar. Estoy muy emocionada”, dijo la familiar.

Tanto Vanessa como las organizaciones presentes expresaron que, si bien este fallo ha sido una victoria para ellos y ellas, afirman que El Salvador, ahora mismo, no tiene las condiciones de seguridad para que los cinco de Santa Marta “regresen a su hogar”, aunque manifestaron que “será decisión de ellos”. 

Luego de ser absueltos la primera vez, los cinco decidieron no presentarse a las nuevas audiencias programadas para este año, porque eso significaría “validar una farsa de sistema de Justicia cooptado por el régimen de turno”, al tiempo que afirmaron que su único delito ha sido “oponerse a la contaminación y la destrucción ambiental”.