Represión judicial: las leyes de la dictadura

diciembre 10, 2020

En el Día de los Derechos Humanos Francys Valdivia, presidenta de la Asociación Madres de Abril, nos comparte este artículo sobre el sistema jurídico de Nicaragua.

En 2007, después de 16 años, el FSLN volvió al poder. Una vez al mando del ejecutivo desplegaron su estrategia de adueñarse del Estado y perpetuarse en el poder para garantizar “estabilidad”, profundizaron sus alianzas con los sectores conocidos por todos los nicaragüenses. Pero, ¿cuáles  fueron los momentos de consolidación de la dictadura? y ¿Qué leyes se aprobaron o reformaron para garantizar la continuidad en el poder? Sin duda el primer momento fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que entró en vigor en el año 2010, al declarar inconstitucional el artículo 147 de la Constitución Política que ponía un doble candado a las aspiraciones continuistas, prohibiendo la reelección inmediata a un segundo periodo al Presidente/a de la República o prohibición a cualquier persona ostentara el cargo de Presidente/a en más de dos periodos. Esto  permitió que Ortega fuese candidato en las elecciones presidenciales y legislativas de 2011. Un segundo momento fue el descarado fraude electoral del 2011 con que el FSLN logra una mayoría calificada para hacer cambios a la Constitución, lo que nos lleva a un tercer momento; las reformas constitucionales de 2014, que dieron carácter constitucional al modelo de Diálogo y Consenso y se enmienda el artículo 147 permitiendo sin ningún obstáculo la reelección continua e indefinida.

Abril

El día 18 de abril de 2018 marca un acontecimiento histórico en nuestro país Nicaragua, ya que se originó el espíritu de una revolución cívica inicialmente en contra de las reformas de Seguridad Social, que tomaría en el curso una argumentación contundente contra del régimen por su respuesta de reprimir y asesinar a los primeros manifestantes los días 19 y 20 de abril. A medida que fueron transcurriendo los días, la lista de personas asesinadas por el Estado de Nicaragua a través del gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo fue incrementando, desde las cifras oficiales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH a través de su informe denominado “Graves violaciones a los Derechos Humanos en el marco de las protestas sociales en Nicaragua”1 donde  documentaron 328 personas asesinadas en el periodo del 18 de abril al 05 de octubre de 2018, cifras que contrastan la narrativa oficial del presidente  Daniel Ortega de 195 personas asesinadas.  Dicho  informe se difundió  a través de una entrevista realizada el día 30 de julio al medio Euronews (2) . Sin embargo, más allá de las cifras oficiales y de la CIDH,  para nosotros,  el pueblo, conocemos que el número de personas asesinadas es mayor , pues nosotros como familiares, amigos y compañeras; los enterramos. Y en el proceso de dolor, la rabia, el malestar generalizado, logramos como nicaragüenses que la revolución cívica se transformara en una revolución popular buscando de alguna manera otras formas de vida, exigiendo en una misma voz la verdad, justicia y democracia. 

A lo largo de estos 30 meses de lucha, resistencia y de crisis sociopolítica que se vive en Nicaragua, hemos venido experimentando distintas fases de represión propias de un Estado en crisis,  entre ellas la Represión Jurídica que se enmarca dentro de reformas y creación de nuevos artículos y leyes que se inclinan por proteger al Estado a cualquier costo, dicha acción represiva, es propia de cualquier Estado que se siente vulnerado o en peligro, y nos recuerda aquellas leyes que otros Estados han implementado cuando se encuentran en crisis, por ejemplo; La Ley de Seguridad Interior en México (LSI), Ley de Seguridad del Estado- Ley antiterrorista con todas sus reformas en el Estado Chileno en pleno auge de la revuelta del 2019, las distintas leyes y reformas que ocurren en la sublevación de los llamados “chalecos amarillos” en Francia. Todas estas leyes creadas y sus reformas adecuadas al contexto y bienestar del Estado tienen la finalidad de impedir la organización, la resistencia, y castigar a quienes los gobernantes y  legisladores consideren disidentes, alteradores del orden y la “paz social” impuesta. 

Esta represión jurídica se aplica en todo momento y en cualquier Estado, tanto de izquierda, centro o como de derecha cuando se sienten amenazados y de esto nos llenamos de ejemplos, desde los Estados más “democráticos” hasta los más autoritarios. Las diferentes leyes creadas a partir del año 2018 y sus consecuencias como leyes punitivas son una muestra clara que los derechos de los y las nicaragüenses están conculcados. Estas leyes están hechas para impedir el acceso real a la justicia, la verdad y la memoria para nuestros familiares asesinados y todas las víctimas de la represión estatal, además de criminalizar  la libertad de expresión de los nicaragüenses, impedir , restringir las distintas formas de organización; movilización, resistencia, bloquear toda posibilidad de lograr una alternativa opositora unificada, elecciones competitivas y transparentes en 2021 y que para nosotras y nosotros como asociación Madres de Abril AMA,  colectivo específico  de familiares de personas asesinadas por el Estado de Nicaragua, consideramos que nuestros intereses trascienden al proceso de elecciones presidenciales 2021, valoramos que será un proceso importante pero no imprescindible en nuestra lucha porque los gobiernos cambian pero el Estado permanece aún. 

Las tácticas de la dictadura son al mejor estilo estalinista3 porque pretenden imponer sus narrativas silenciando y eliminando toda oposición, utilizando todos los órganos de las instituciones judiciales y el aparato legislativo que a como todos los Poderes del Estado le obedecen únicamente a la pareja gobernante para reprimir al pueblo y garantizar su continuidad. Una muestra de esto es como el presidente Ortega desde el Poder Ejecutivo ordenó a la Corte Suprema de Justicia -máximo órgano de justicia del Poder Judicial- trabajar una propuesta para reformar el código penal, la Constitución Política y proponer una ley de cadena perpetua, en una flagrante violación a la separación de poderes.

La creación de leyes punitivas

A continuación haré un recuento de las leyes e iniciativas con carácter represivo que se han aprobado desde 2018 a la fecha y la posición política que desde AMA hemos tenido antes ellas: 

2018 

  • Ley 976 Ley de la Unidad de Análisis Financiero, aprobada el día 16 de Julio 2018.4

  • Ley 977 Ley contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva aprobada el día 16 de Julio 2018.5

2019 

  • Ley de Amnistía, aprobada el día 08 de junio 2019.6

  • Ley de atención integral a víctimas, aprobada el día 29 de mayo 2019.7

  • Ley de Asociación consejo de Defensores de La Patria Comandante Camilo Ortega Saavedra CODEPAT, inscrita, aprobada y publicada el día 24 de abril 2019.8

2020 

  • Declaración y propuesta del poder ejecutivo de reformar las leyes para incorporar a la legislación penal la tipificación de los “crímenes de odio” e incorporar al ordenamiento jurídico la pena de cadena perpetua.9

  •  Ley Especial de Ciberdelitos, legalizada a través de la norma de Decreto denominado Estrategia Nacional de Ciberseguridad  2020-2025, aprobado el día 29 de septiembre 2020.10 y aprobada como Ley a través de la Asamblea Nacional de Nicaragua el día 27 de octubre de 2020 

  • Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, aprobada el día 22 de octubre 2020.11

Sobre estas leyes creadas, la posición política desde la Asociación Madres de Abril (AMA) en calidad de familiares de personas asesinadas y como ciudadanas nicaragüenses, hemos rechazado e  interpuesto Recurso por Inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia en contra de las leyes infames como un paso más en nuestra lucha jurídica , pues esta Ley pretende legalizar la impunidad por lo cual invitamos a las personas naturales, al pueblo y a las organizaciones a expresarse en contra de esta ley . Esta acción de AMA recibió el respaldo de diversos movimientos opositores y personas naturales. Por su parte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH se pronunció y argumento que la Ley no se ajusta a los estándares internacionales de verdad, justicia y reparación entre otras razones porque omite elementos centrales como procesos de esclarecimiento de la verdad sobre las violaciones a los Derechos Humanos , sus causas y sus consecuencias , procesos penales diligentes e imparciales que permitan identificar, enjuiciar, y en su caso sancionar a los responsables de dichas violaciones, programas integrales de reparaciones y garantías de no repetición.

En relación a la Ley Integral de Atención a víctimas desde la Asociación Madres de AMA rechazamos esta Ley pues consideramos que es una Ley totalmente violatoria pues no surge de las diferentes víctimas del terrorismo de Estado y además en su articulado pretende brindar acceso a las victimas con servicios y programas gubernamentales de atención de salud, educación, trabajo, vivienda, ocio y recreación, como parte de las reparaciones a las víctimas y no son más que servicios públicos esenciales obligados a brindar. Esta ley impuso a las familias una nueva ola de amenazas , acoso, intimidación.

En referencia a la aprobación y otorgamiento de personería jurídica al denominado Consejo Defensores de la Patria “Camilo Ortega” (CODEPAT), integrado por retirados del Ejército, antiguos miembros del Ministerio del Interior y la extinta Seguridad del Estado de Nicaragua, fuerzas de choque con preparación militar que participaron directamente en la sangrienta, autodenominada  “Operación Limpieza”, iniciada en junio 2018.  En documentos publicados por el portal del medio  oficialista “19 Digital”, la organización manifestó su total respaldo al régimen, afirmando su disposición combativa a cualquier orden del Comandante Daniel Ortega y se supedita a las orientaciones partidarias del FSLN. Desde la Asociación Madres de Abril AMA expresamos nuestro rechazo porque pretenden por la vía criminal imponer “el orden y la paz social”.

La cadena perpetua

El pasado 14 de septiembre de 2020 dieron a conocer a través del medio 19 Digital la “Declaración de la Presidencia de la Republica sobre la cadena perpetua para castigar los crímenes atroces, crueles y de odio , sin embargo la propuesta presentada cuenta con un amplio margen de discrecionalidad para aplicarla, por ello no definen  ¿Cuáles son los crímenes de odio? Pretendiendo co-optar el lenguaje de Justicia porque como familiares de personas asesinadas hemos logrado posicionarlo en la opinión pública y el pueblo de Nicaragua sabe los crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen. 

La constitución política de Nicaragua establece:

  • Artículo 37.- La pena no trasciende de la persona del condenado. No se impondrá pena o penas que, aisladamente o en conjunto, duren más de treinta años. 

  • Artículo 47.- Que en el territorio nacional toda persona goza de la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos.

El Estado de Nicaragua es firmante de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.

De modo que el régimen de Daniel Ortega en teoría, tendría que consultar obligatoriamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que su pleno le dictamine si procede alguna reforma, «puesto que sus normas son por principio universal ampliar derechos no restringir derechos». 

Ley de Regulación de Agentes Extranjeros

Esta Ley busca establecer el marco jurídico de regulación a las personas naturales o jurídicas que respondan a intereses y financiamiento extranjero, y utilicen dicho financiamiento para realizar actividades que deriven en injerencia de gobiernos u organizaciones extranjeras en asuntos internos de Nicaragua.

Este proyecto establece la obligación a individuos y organizaciones locales y extranjeras que residan en el país y que reciban fondos de fuentes extranjeras, de registrarse como “Agentes Extranjeros” ante el Ministerio de Gobernación, esto incluye a periodistas, organizaciones de la sociedad civil y agencias gubernamentales. Con esta herramienta de control, el gobierno de Ortega pretende dificultar que numerosos medios y organizaciones que trabajan en el país obtengan financiamiento de fuentes extranjeras, lo cual, dado el contexto, es necesario para ejercer su labor de forma libre e independiente.

El proyecto establece el registro para agentes extranjeros donde obliga a «personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o extranjeras”, representantes, empleados o asesores de organizaciones que reciben algún tipo de aporte extranjero, a inscribirse en el registro e informar regularmente sobre los fondos recibidos y su uso. Además, les prohíbe participar en política interna, financiar organizaciones políticas, ser empleados públicos o candidatos en elecciones hasta un año después de dejar de ser «agentes extranjeros”. Quienes no cumplan la normativa arriesgan multas, cancelación de la personalidad jurídica, intervención de fondos y bienes y prohibición de actividades, además de penas por delitos contra la seguridad del estado.

Ley Especial de Ciberdelitos

La conocida Ley Mordaza presenta en este contexto como una nueva herramienta para perseguir y silenciar a las voces disidentes y castigar diversos actos, desde el acceso indebido a sistemas informáticos, el espionaje informático, la manipulación de registros, la suplantación de identidad, la utilización de datos personales, la propagación de noticias falsas, hasta los delitos informáticos relacionados con la libertad e integridad sexual. La tipificación de ciberdelito es amplio y deja a criterio de las “autoridades judiciales” operadores del régimen que han criminalizado a los opositores a lo largo de estos 30 meses de resistencia y lucha. 

Desde que Daniel Ortega llegó al poder, en 2007, cualquier noticia que señale corrupción o tráfico de influencia, es vista por el gobierno como una noticia falsa. De hecho, han establecido como información falsa todas las noticias de los medios independientes sobre el mal manejo de la pandemia del COVID-19. En este contexto, hay mucho riesgo para los hombres y mujeres que trabajan en la prensa. Las distintas penas van desde un año de prisión, hasta cinco y la máxima es de diez años. Todo depende del delito que se comete según la calificación del delito, el castigo por difundir noticias falsas, el castigo será de tres a cinco años de prisión. 

Toda persona nicaragüense que tenga cuenta en redes sociales verá coartado su derecho constitucional a recibir y difundir información, amenaza extensiva a los nicaragüenses residentes en el exterior. Sobre las penas de estos delitos la establecen en el artículo 30 estipulando de dos a cuatro años de prisión a quien “usando las tecnologías de la información, indique o difunda información falsa y/o tergiversada, que produzca alarma, terror o zozobra en la población con el objetivo de criminalizar, atemorizar y censurar a los nicaragüenses, violando su derecho a ‘expresar libremente su pensamiento en público o en privado, individual o colectivamente, en forma oral, escrita o por cualquier otro medio.

Para concluir quisiera sobresaltar que el FSLN se ha venido preparando desde antes de su regreso al poder para pagar cualquier precio pero no perder el poder, sin importar que este precio signifique traicionar los ideales y causas de un pueblo que les confió su revolución, sin importar que nuevamente hayan masacrado y arrebatado el futuro a una generación completa, sin importarles que la gran mayoría de la población tomó la decisión de que !SE VAN! y esta no es reversible, sin que les importe que su proyecto no tenga futuro y este destinado al fracaso se querrán mantener a punta de fusiles y leyes punitivas, profundizando la crisis, el odio , las heridas y la segregación de las familias. Pero nos tendrán de frente, la Asociación Madres de Abril seguirá batallando para lograr transformaciones profundas del sistema político, social y económico y romper la historia de pactos de impunidad y crear una Nueva Nicaragua más justa que es la única forma de honrar a nuestros familiares asesinados trabajando en los pilares de verdad, justicia, memoria, reparación y sobre todo mecanismos que nos permitan garantizar que en Nicaragua NUNCA MÁS se cometan crímenes de Estado. Seguiremos construyendo memoria debajo de las balas desde AMA y NO Olvida Museo de la Memoria Contra la Impunidad, también como un campo de lucha para contrarrestar sus narrativas hegemónicas.  

Ante la embestida represiva de la dictadura que pretenden callarnos y paralizarnos solo tenemos una cosa que decir: ¡LAS MADRES Y FAMILIARES NO SE RINDEN, NO SE CALLAN, NO SE DETIENEN !¡EXIGIMOS JUSTICIA!

Notas:

[1] Para más información, consultar el siguiente link; http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/Nicaragua2018-es%20(1).pdf 

[2] Entrevista realizada al Presidente de Nicaragua Daniel Ortega el día 30 de Julio 2018 por el medio Euronews (http: //es.euronews.com)

[3] Estalinismo: Doctrina política considerada como totalitaria, que parte de la idea de un estado centralizado, autócrata.  Este tipo de régimen fue el desenlace de una vertiente del socialismo realmente existente, muchos de los esfuerzos progresistas, principalmente en América Latina, han tenido este desenlace. 

[4] Ley numero 976 Ley de la unidad de análisis financiero , aprobada el 16 de julio de 2018, publicada en La Gaceta , Diario oficial N 138 de 20 de Julio de 2018.

[5] Ley numero 977 contra el lavado de activos , el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, aprobada el 16 de julio de 2018, publicada en La Gaceta , Diario oficial N 138 de 20 de Julio de 2018.

[6] Ley numero 996 Ley de Amnistía , aprobada el día 08 de Junio de 2019 publicada en La Gaceta , Diario Oficial  numero 108 el día 10 de junio 2019.

[7] Ley numero 994 Ley de Atención Integral a victimas aprobada el día 29 de mayo de 2019 publicada en La gaceta, Diario Oficial número 102 del 31 de mayo de 2019. 

[8] Ley de Asociación consejo de Defensores de La Patria Comandante Camilo Ortega Saavedra CODEPAT, inscrita, aprobada y publicada el día 24 de abril 2019.

[9] Ley de Regulación de Agentes Extranjeros , aprobada el día 15 de octubre . 

[10] Ley especial de Ciberdelitos a través de Decreto denominado Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2020-2025, y a través de Ley aprobada el día 27 de octubre 2020.

[11] Declaración de la Presidencia de la Republica sobre Cadena Perpetua para castigar crímenes atroces, de odio y crueles, declaración de la Presidencia el día 14 de septiembre de 2020 publicada en el Diario 19 Digital.